SANTO DOMINGO.-El Tribunal Constitucional declaró no conforme a la Constitución el numeral 12 del artículo 25 de la Ley de Partidos, que prohíbe a las organizaciones políticas concurrir aliados en el primer proceso electoral en el que se presente y que obliga a postular candidaturas propias en el certamen.
El TC lo informó a través de un comunicado de los casos aprobados, donde además declaró inconstitucional los artículos 43; 44, numerales 4, 6 y 7 y párrafo III; y 49, numeral 3, de la Ley núm. 33-18, sobre Partidos.
La acción directa de inconstitucionalidad fue interpuesta por el Partido Alianza País (ALPAIS), Partido Humanista Dominicano (PHD), Partido Dominicano por el Cambio (DXC), Frente Amplio (FA), Fuerza Nacional Progresista (FNP), Alianza por la Democracia (APD), Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD), Opción Democrática (OD) y la señora Soraya Aquino.
Los accionantes, sostuvieron que los textos atentan contra los derechos a la libre expresión y difusión del pensamiento, la libre asociación y la igualdad de condiciones, así como la vulneración de los principios de razonabilidad, de asociación, de equidad, de democracia interna de los partidos y sus militantes y el derecho de elegir y ser elegido.
La Alta Corte declaró no conforme a la Carta Magna el articulo 49 numeral 3 que incluye como requisito para ostentar una candidatura que tenga un tiempo de militancia o permanencia mínimo en el partido, agrupación o movimiento político del por la que aspira a postularse.