La Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional fijó para el próximo 18 de noviembre el fallo del recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría General de la República que busca revocar la decisión que la condenó al pago de RD$7.5 millones por no devolver un teléfono celular marca Samsung, valorado en 3,200 pesos a un imputado por presunta corrupción.
La fecha fue establecida tras conocerse este martes el fondo del recurso de la Procuraduría General.
La decisión recurrida fue emitida por la jueza del Segundo Juzgado de Instrucción, Patricia Padilla, y corresponde al monto de liquidación de la astreinte, que es una sanción económica impuesta por el incumplimiento de una resolución judicial del año pasado que ordenaba la entrega de bienes incautados y solicitados por el acusado Juan Francisco Álvarez Carbuccia.
De un total de 16 bienes, solo faltaba por entregar el Samsung del 2012.
Álvarez Carbuccia se desempeñó como director administrativo del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) durante la gestión de Hugo Beras, y forma parte del grupo de 10 personas físicas acusadas por presunto sabotaje a la red semafórica y estafa contra el Estado.
El fin es evitar desacato
El abogado Jhon Manuel Frías, representantes de Juan Francisco Álvarez Carbuccia, explica que la astreinte de 20 mil pesos diarios que se le impuso a la Procuraduría General por cada día sin cumplir con la decisión de devolver los bienes y que suman en su totalidad 7.5 millones de pesos “no busca indemnizar el valor del celular. Su finalidad es obligar al Estado a cumplir una orden judicial”.

Sostuvo que si se permitiera que la parte que desacata la orden judicial “simplemente dijera “se perdió” o “estaba en una mudanza”, la autoridad de las decisiones judiciales perdería eficacia”.
En la disposición de la jueza Patricia Padilla se explica que el Ministerio Público alegó que no había hecho entrega del dispositivo, como hizo con los demás bienes del acusado porque estaba en el Inacif, donde le hacía una extracción de datos que se utilizarían en la acusación del caso de supuesta malversación.
Agregó que luego del Inacif, el aparato fue llevado al almacén de evidencias que tenían en el edificio de la vieja Corte y que fue trasladado en una «mudanza demasiada apresurada«, por lo que tardaron en encontrarlo para cumplir con la decisión de su entrega.
Los fiscales incluso se ofrecieron a pagar el dispositivo al precio que dijeran los representantes de Álvarez Carbuccia, pero la magistrada argumentó en su fallo que el Ministerio Público no aportó “la indicada prueba ni ha justificado de manera razonable, lógica y legítima su imposibilidad de cumplir con la devolución del celular marca Samsung”.
Al respecto, el abogado Frías sostiene que, con la condena pecuniaria, “la jueza deja claro que la custodia de las evidencias es responsabilidad del Ministerio Público. Si un bien desaparece estando bajo su control, esa situación no elimina automáticamente el incumplimiento”.
Concluyó que la sentencia confirmó que las órdenes judiciales “deben cumplirse completa y oportunamente, especialmente cuando el obligado es una institución pública”. Insistió en que el debate “ya no gira alrededor del valor de un teléfono, sino de la obligación del Estado de obedecer las decisiones de los tribunales”.
El abogado sostuvo que los demás bienes fueron entregados a cuentagotas por el órgano persecutor.
Fuente: Actualidad






