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Aprueban que responsabilidad penal de empresas entre en vigor en 2028

El Senado de la República aprobó en única lectura este miércoles un proyecto de ley que establece que las disposiciones del nuevo Código Penal relativas a la responsabilidad penal de las empresas entren en vigor en mayo de 2028. Aunque el Código Penal ya está vigente desde agosto, el proyecto aprobado hoy aplaza por 18…

Aprueban que responsabilidad penal de empresas entre en vigor en 2028
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El Senado de la República aprobó en única lectura este miércoles un proyecto de ley que establece que las disposiciones del nuevo Código Penal relativas a la responsabilidad penal de las empresas entren en vigor en mayo de 2028.

Aunque el Código Penal ya está vigente desde agosto, el proyecto aprobado hoy aplaza por 18 meses la entrada en vigor del nuevo régimen de responsabilidad penal de las empresas, prevista para este jueves 5 de noviembre.

El Senado había aprobado en primera instancia un proyecto donde estas disposiciones comenzarían a aplicarse en noviembre de 2028. Sin embargo, la Cámara de Diputados modificó la pieza para reducir el plazo de 24 a 18 meses, por lo que la fecha quedó fijada para mayo de 2028.

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  • Los senadores aprobaron las modificaciones a unanimidad, con 26 votos a favor y ninguno en contra.

Con esta aprobación, el proyecto queda pendiente de ser enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Lo que dice el Código Penal

El nuevo Código Penal, establecido mediante la Ley 74-25 y modificado por la Ley 44-26, contempla que las empresas puedan enfrentar responsabilidad penal por infracciones cometidas por sus directivos, representantes o empleados, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la legislación.

El artículo 8 establece que las empresas pueden ser penalmente responsables por los actos u omisiones de sus órganos, representantes o subordinados cuando estos actúen en su representación.

La evaluación de esa responsabilidad también puede incluir aspectos como la supervisión de los empleados, la capacitación que recibieron, los protocolos internos y los controles establecidos para detectar irregularidades.

Las sanciones contempladas incluyen multas de 100 a 1,500 salarios mínimos del sector público para las infracciones muy graves y de 50 a 500 salarios mínimos para las graves.

Además, el Código Penal establece medidas como el cierre temporal o definitivo de establecimientos, la revocación de licencias, la inhabilitación para contratar con el Estado y la disolución de la empresa.

La aplicación de estas sanciones requiere que la responsabilidad penal sea determinada mediante el proceso judicial correspondiente.

Fuente: Política

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