PC exhorta al TC agilizar decisiones relacionadas con primarias y elecciones

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SANTO DOMINGO.-El movimiento cívico no partidista y capítulo dominicano de Transparencia Internacional, Participación Ciudadana, en el marco del desarrollo de su Programa de Observación Electoral 2020, exhortó al Tribunal Constitucional (TC) a agilizar las decisiones sobre acciones relacionadas con primarias y elecciones.

Mediante un comunicado de prensa, el Consejo Nacional de PC estableció que “al menos veinte acciones directas de inconstitucionalidad han sido interpuestas por ante el Tribunal Constitucional sobre la norma que regirá las primarias y elecciones próximas, de las cuales se han decidido cuatro, quedando aún pendiente las 16 restantes.

Indicó que las acciones involucran la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley 15-19 Orgánica de Régimen Electoral, la Ley 157-13 sobre voto preferencial, la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) sobre la distribución de la contribución económica del Estado a los partidos políticos para el año 2019, y la Resolución No. 08-2019 de la JCE que instituye el método para la selección de senadores y senadoras para las elecciones de mayo de 2020, relacionada con el arrastre.

La organización de la sociedad civil expresó que “el TC acusa un notable atraso en decidir estas acciones a pesar de que su presidente, el magistrado Milton Ray Guevara había declarado “que los expedientes que tienen que ver con los partidos políticos y electoral están siendo declarados de urgencia con la finalidad de poder hacer algún tipo de aporte al proceso electoral que se avecina, por eso tenemos otra audiencia el 21 de junio”.
Hasta ahora el TC ha decidido cuatro acciones, declarando inadmisible dos de ellas (TC-0215-19 y TC-0063-19) bajo el argumento de que los accionantes enunciaron los textos violados, “sin especificar de forma concreta de qué manera los artículos del texto legal impugnado vulneran la Constitución, ni cuáles son los argumentos jurídicos que justificarían una eventual declaratoria de inconstitucionalidad de los mismos, pues solo se hacen breves referencias generales, sin que en ningún momento se especifique cómo uno cualquiera de los artículos argüidos de inconstitucionalidad coliden con la Carta Magna”.

En el primero de los casos contó con el voto disidente de la magistrada Katia Miguelina Jiménez, quien entendió que sí se ofrecieron argumentos.