Fijan para el 12 de septiembre inicio juicio de fondo imputados caso Odebrech

  • Twitter
  • Facebook
  • Google+
  • Linkedin
  • Tumblr


Santo Domingo.- La audiencia para iniciar el juicio de fondo contra los seis imputados en el caso Odebrecht fue fijado para el jueves 12 de septiembre próximo.

Mediante un comunicado, la Suprema Corte de Justicia (SCJ), informó que su presidente, Luis Henry Molina, dispuso el juicio para las 3:00 P.M., en la Sala Augusta de la Alta Corte.

Los imputados en el caso son el empresario Ángel Rondón el exministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Víctor Díaz Rúa; su supuesto testaferro el abogado Conrado Pittaluga Arzeno; el senador por San Cristóbal, Tommy Alberto Galán; el expresidente del Senado, Andrés Bautista y el exdirector del Instituto Nacional de Aguas Potables, Juan Roberto Rodríguez.

La SCJ informó que el auto de fijación indica que las partes tienen un plazo de 5 días hábiles, luego de ser notificados, para depositar el legajo de pruebas y el orden en que serán presentadas en el juicio de fondo, así como las excepciones y demás cuestiones incidentales, como lo establece el artículo 305 de la Normativa Procesal Penal.

El pasado 21 de junio, el Juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega Polanco, mediante Resolución número 005/2019, dictó Auto de Apertura a Juicio contras los seis imputados ya citados y un Auto de No Ha Lugar a favor del expresidente del Senado, Jesús Vásquez Martínez (Chu).

La Constitución de la República, en su artículo 154, numeral 1, faculta a la Suprema Corte de Justicia para conocer en única instancia de las causas penales seguidas al Presidente y al Vicepresidente de la República; a senadores y diputados, entre otros.

Los encartados son acusados de incurrir en los delitos de sobornos, prevaricación, enriquecimiento ilícito, falsedad en escritura y lavado de activos, sancionados por la Ley No. 448-06 sobre Sobornos en el Comercio y la Inversión, el Código Penal Dominicano, la Ley No, 72-02 sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico de Drogas y Sustancias Controladas, y la Ley No. 82-79 sobre Declaración Jurada de Patrimonio.