El Poder Ejecutivo ha depositado la tarde de este lunes, a través del consultor jurídico, un proyecto para robustecer, ampliar y hacer más eficaz la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.
La propuesta del presidente Luis Abinader consiste en modificar los artículos 2,5,6 y 7 de la normativa, y forma parte de las 15 medidas anunciadas el domingo por el presidente Luis Abinader, enfocadas en frenar el éxodo de haitianos hacia la República Dominicana.
Según explicó el consultor Antoliano Peralta, el artículo 2 se alterará para agregar los elementos de tráfico ilícito de migrantes, debido a que la presente normativa impide la persecución y aplicación de las normativas.
En el 5 se incorporará la tipificación del delito por omisión, estableciendo dos condiciones: que la gente se garante de la protección de un bien jurídico o garante de la vigilancia de un terminado foco de peligro, siempre que exista la obligación bajo contrato de actuar de una forma determinada o exista una estrecha relación de comunidad entre personas”.
De igual manera, cuando, dentro del propio ámbito de dominio, se asuma la protección voluntaria de una persona o la vigilancia de una fuente de peligro, o se ha creado una situación de riesgo para el bien protegido.
El artículo 6, sobre comisión del crimen de tráfico ilícito de migrantes y trata de persona, también se modificará, mientras que el 7 se modificará para incorporar otras circunstancias agravantes y se subirán las penas, tanto para el actor principal como el cómplice.
En el caso particular, se considera la relación del actor con la víctima la gravedad del daño, la vulnerabilidad de la víctima, así como los medios empleados.
En ese sentido, de aprobarse la iniciativa, la pena pasará de 10 a 15 años a cárcel y 150 a 250 salarios mínimos a 12 a 20 años de reclusión y multa de 750 a 1,500 salarios mínimos del sector público; así como la suspensión de la ciudadanía.
En cuanto a los cómplices, se aumentarán la sanción, se agrega el agravante uso de armas, daño a mayores de edad, muerte de persona objeto del tráfico.
Debido a eso, sí a causa de la comisión de los delitos contemplados en la presente ley resulte la muerte de una persona objeto de tráfico ilícito de migrantes o víctima de trata, la pena será de treinta 30 años; sin embargo, si la muerte de dos o más personas, la pena subirá a 40 años de reclusión.
En ambos casos, la pena estará acompañada de multa de tres 3,000 a 6,000 salarios mínimos del sector público y la suspensión de los derechos de ciudadanía de conformidad con la Constitución.
Será tratada con urgencia
Al recibir el documento de ley, Ricardo de los Santos, presiente del Senado, expresó que, aunque se va a estudiar, la propuesta será tratada con urgencia.
En ese sentido, será conocida en la sesión de este martes y se enviará a comisión para posterior informe y aprobación en dos lecturas seguidas.
Abinader: se fortalece la seguridad nacional
En su documento de motivación, el presidente Abinader expresó que la legislación también “refuerza el compromiso del Estado dominicano para disminuir al máximo la práctica de esta actividad ilícita, con miras a aumentar la seguridad ciudadana y, de manera consecuente, garantizar la protección de las personas y la custodia de la seguridad nacional”.
En octubre pasado, el Congreso aprobó una propuesta para modificar los artículos 3 de Ley 137-03, para castigar el delito de tráfico de menores.